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Piden revisar la condena a Florencia Mancilla ante el Superior Tribunal de Justicia

La defensa y la querella presentaron recursos de casación contra la condena de 8 años de prisión, y el caso será revisado por el Superior Tribunal de Justicia.

Piden revisar la condena a Florencia Mancilla ante el Superior Tribunal de Justicia

La defensa y la querella presentaron recursos de casación contra la condena de 8 años de prisión, y el caso será revisado por el Superior Tribunal de Justicia.

La condena de 8 años de prisión impuesta a Florencia Mancilla por el homicidio del profesor de música Alexis Baciocchi fue apelada y deberá ser revisada por el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, tras la presentación de recursos de casación por parte de la defensa y la querella.

 

Tanto la defensa de la condenada como la parte querellante presentaron recursos ante el Superior Tribunal de Justicia luego de que el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande dictara sentencia en la causa por el homicidio ocurrido el 18 de diciembre de 2018.

 

La defensa de Florencia Mancilla, encabezada por el defensor oficial ante el Superior Tribunal, Jesús González Saber, junto al defensor de Río Grande Alejandro Nacaratto, solicitó la absolución de la imputada. En su planteo sostienen que Mancilla debería ser declarada inimputable por su condición psiquiátrica o, en subsidio, que el hecho sea considerado como una legítima defensa, descartando la figura de homicidio simple.

 

Por su parte, las abogadas querellantes Erica Soto y Sandra Arenas, en representación de la familia de Alexis Baciocchi, solicitaron que la calificación legal sea modificada a homicidio agravado por ensañamiento y alevosía, y que se imponga la pena de prisión perpetua. En su presentación sostienen que el ataque fue planificado y que la víctima recibió múltiples heridas, un total de ocho puñaladas.

 

La Fiscalía, en tanto, fue la única parte que no interpuso recurso contra la sentencia dictada por los jueces Juan José Varela, Eduardo López y Verónica Marchisio.

 

El fallo original del Tribunal de Juicio sostuvo que no se acreditaron los agravantes de alevosía ni ensañamiento. En sus fundamentos, los magistrados consideraron que la víctima no se encontraba en estado de indefensión y describieron una relación previa conflictiva entre las partes. Según el tribunal, las pruebas incorporadas al expediente indicaron que la dinámica del hecho se enmarcó en un contexto de conflicto previo y situaciones de violencia mutua, lo que derivó en la calificación de homicidio simple.

 

Con la presentación de las casaciones, será ahora el Superior Tribunal de Justicia el que deberá analizar los planteos de las partes y definir si mantiene la condena, la modifica o dispone un nuevo criterio de valoración del hecho.

 

Fuente: 19640 Noticias.- 

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